MANUAL DE CONVIVENCIA (en construcción)




 


 

ACUERDO NÚMERO ___  de XXX de ____   de 2013 

 

Por el cual se adopta el Manual de Convivencia de la Institución Educativa CAMILO TORRES RESTREPO de Aguazul Casanare.

El Consejo Directivo del Instituto Educativo Camilo Torres Restrepo del Municipio de Aguazul en uso de sus atribuciones legales y especialmente las conferidas por la Constitución Nacional de  1991, la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 del 2009, Ley 1098 de 2006 y la Ley 1620 de 2013 y

CONSIDERANDO

a)      Que es un establecimiento de educación pública con autonomía para determinar su servicio y organización de acuerdo a los artículos 76 y 77 de la ley 115 de 1994.

b)      Que la educación es un bien y servicio público y un derecho fundamental.

c)       Que el debate, acuerdo y adopción del Manual de Convivencia se ha basado en los aportes de todos los integrantes de la comunidad educativa de conformidad con el artículo 68 de la Constitución Nacional y el principio democrático de auto fundación.

d)      Que las leyes y las normas son constituidas o transformadas por las mismas personas que las van a vivir, cumplir y proteger.

e)      Que se hace necesario establecer normas de comportamiento, compromisos, deberes, derechos, estímulos, correctivos y procedimientos  que sirvan como parámetro de valoración de las relaciones interpersonales.

f)       Que se hicieron los respectivos aportes teniendo en cuenta las sugerencias de la comunidad educativa.

g) Que en los artículos  42, 43, 44 y 45 de la Ley 1098 de 2006.  Artículo 42. Obligaciones especiales de las instituciones educativas. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones:

1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.
2. Brindar una educación pertinente y de calidad.

3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.

4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.

5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.

6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.

7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.

8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.

9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.

10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.

12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

 

Artículo 43. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:

1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores.

3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

 

Artículo 44. Obligaciones complementarias de las instituciones educativas. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para:

1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.

2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.

3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.

4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.

5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.

6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.

8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad.

9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.

10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.




ACUERDA:

Aprobar el siguiente manual de convivencia y ordenar su cumplimiento una vez sea de conocimiento de todos los miembros de la comunidad educativa.


 

CONTENIDO

 



































 

 

ADMISION DE ESTUDIANTES

 

PREMATRICULA, ADMISIÓN,  MATRICULA Y TRANSFERENCIAS


 

Artículo 1.                         ADMISIÓN

 

Criterios básicos 

a)            Disponibilidad de cupos

b)           Edad escolar según normas vigentes.

c)            Presentar requisitos exigidos.

 

Artículo 2.                         PREMATRICULA

Se realizará en las fechas establecidas por la Secretaría de Educación Departamental y con los formatos sugeridos, además de cumplir con los requisitos formales para cada nivel.

 

Artículo 3.                        MATRICULA

1.       REQUISITOS PARA ESTUDIANTES NUEVOS

1)      Formato de pre matrícula diligenciada

2)      Orden de matrícula

3)      Registro civil original.

4)      Fotocopia de la tarjeta de identidad (a partir de los siete años).

5)      Constancia de comportamiento. (Copia del observador del estudiante)

6)      Boletines, certificados originales o constancia de desempeño de los años anteriores.

7)      Dos fotografías tamaño documento ( 3 x 4 )

8)      Carpeta doble solapa desacificada

9)      Fotocopia del carné del SISBEN vigente y/o EPS que demuestre afiliación.

10)   Fotocopia del carné de vacunas.

11)   PAZ Y SALVO de la institución de donde provenga.

12)   Constancia de liberación del SIMAT

13)   La matrícula debe ser firmada por los padres de familia o acudientes y estudiantes, para lo cual deben presentarse con uniforme de diario, en el horario y la fecha designada por la institución.

14)   Al firmar la matrícula el estudiante y padres o acudientes aceptan y se comprometen a cumplir con el Manual de Convivencia.

 

Parágrafo 1:  Para pertenecer a la jornada C (nocturna), el estudiante debe tener la condición de adulto o demostrar vinculación laboral y de auto-sostenimiento; haber dejado de asistir por dos años consecutivos a un establecimiento educativo y tener más de 15 años  para ingresar al ciclo 3.

  1. RENOVACIÓN DE MATRÍCULA

 

Los  estudiantes antiguos deben presentar:

1)         Formato diligenciado de pre-matrícula

2)         Orden de renovación de matrícula

3)         Informe final evaluativo de fin de año.

4)         Paz y salvo.

5)         2 fotografías tamaño documento.

6)         La matrícula debe ser refrendada por los padres de familia o acudientes legalmente autorizados y estudiantes, para lo cual deben presentarse con uniforme de diario, en el horario y la fecha designada por la institución.

 

Artículo 4.                       TRANSFERENCIAS

 Será competencia del rector o la persona que él delegue, autorizar la transferencia de los estudiantes provenientes de otra jornada de la misma institución y de otras instituciones educativas, de acuerdo con la disponibilidad de cupos y teniendo en cuenta principalmente los motivos  y la situación académica  del estudiante.

 

PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN


 

Artículo 5.                        JORNADA ESCOLAR

La Institución está organizada en dos jornadas:

1)     Jornada de la mañana: de 6:30 a.m. a 12:430m

2)     Jornada de la tarde: Complemento de modalidad.

3)     Jornada de la noche: de 6:20 p.m. a 10:20 pm.

 

Artículo 6.                        INTENSIDAD HORARIA SEMANAL

 

1)      Preescolar 20 horas semanales

2)      Básica Primaria 25 horas semanales

3)      Básica Secundaria 30 horas semanales

4)      Media Académica 30 horas semanales

5)      Media Técnica 37 horas semanales

 

Parágrafo 1.  Las horas de clase serán  ajustadas de acuerdo al decreto 1850 del 2002.

 

Parágrafo 2.  Los directivos docentes y docentes del instituto dedicarán todo el tiempo de su jornada laboral al desarrollo de las funciones propias de su cargo, con una dedicación mínima de ocho (8) horas diarias. (Decreto 1850 Art. 11)

 

Artículo 7.                        HORARIO DE ENTRADA Y SALIDA DE ESTUDIANTES

  • Preescolar

Entrada:       7:00 a.m.                    Salida:                  11:30 a.m.

  • Básica Primaria.

Entrada:                   6:30 a.m.        Salida:   12:10 m.

  • Básica Secundaria y Media.

Entrada:                   6:30 a.m.        Salida:   12:30 m.

  • Ciclos J.C

Entrada:                   6:20 p.m.        Salida    :              10:20 p.m.

Artículo 8.                        UNIFORMES.

Los uniformes exigidos para todas las sedes y jornadas del instituto son los determinados por el decreto departamental, portando el escudo de la Institución

 

  1. UNIFORMES DE DIARIO

 

  • Para  las estudiantes

Falda según modelo. De color gris con cuadros azul y blanco (a la altura de la rodilla).

Camisa blanca, cuello sport, manga corta, en el bolsillo el escudo de la Institución (vestida dentro del pantalón)

Zapatos negros colegial.

Medias blancas. (Media caña)

  • Para los estudiantes

Pantalón de bota recta azul oscuro, tela tipo  lino.   

Camisa blanca, cuello sport, manga corta, en el bolsillo el escudo de la Institución (vestida dentro del pantalón).

Zapatos negros colegial.

Medias azul oscuro o blanca.(media caña)

Correa negra.              

 

2.       UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA

El uniforme es el mismo para todos los estudiantes y los deben portar así:

1)      Camiseta cuello sport, color blanco, con el escudo de la Institución 

2)      Sudadera azul oscura bota recta.

3)      Medias deportivas  blancas. (media caña)

4)      Zapatos tenis deportivos  de color negro, azul oscuro o blanco en un solo tono.

 

Nota: Con el fin de preservar el anterior uniforme en buenas condiciones y por comodidad para el trabajo en clase,  los estudiantes deberán utilizar una pantaloneta azul oscura y una camiseta blanca para el desarrollo de las clases.

Parágrafo 1. Para preescolar y primero se utilizará falda jardinera.

Parágrafo 2. La presentación personal de los estudiantes debe ajustarse a su condición de educandos y de seres humanos en proceso de formación, por lo cual  deberá abstenerse de: hombres, el porte de elementos como collares, aretes, pearcing, cabello largo, correas con chapas grandes. y para las estudiantes el uso de maquillajes, tintes en colores  accesorios y/o aderezos  de colores llamativos y fuertes. LA  estudiante podrá usar aderezos en los colores institucionales en un número no mayor a dos elementos

Parágrafo 3: Para los estudiantes de las modalidades se les autoriza el uso de camiseta adicional cuello sport con el escudo de la institución y color distintivo previo acuerdo con directivas, estudiantes y padres de familia.

 

3. UNIFORME DE GALA

Este uniforme será el mismo de diario de la institución, sólo que se le agregará el uso de corbata de color azul oscuro y se utilizará únicamente para eventos oficiales y protocolarios, en donde participe el plantel.

 

PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES


 

Artículo 9.                        CONDUCTO REGULAR

Es el camino expedito para hacer realidad la comunicación y la participación, permitiendo la actuación oportuna y efectiva de las instancias responsables de manejar los asuntos cotidianos de la vida escolar.

 

Para estudiantes el conducto regular será el siguiente

1)       Profesor de la asignatura.

 Quien escuchara  a las partes implicadas y suscribirá un acta de compromiso, con anotación en el anecdotario y remitirá el caso a la instancia siguiente si el hecho lo amerita.

2)      Director de grado.

Recepciona  el caso, llama a las partes implicadas y dependiendo la gravedad de la falta, citara a los padres de familia con el objeto de poner en conocimiento la falta se suscribe acta de compromiso y si es necesario se remite a la siguiente instancia.

3)      Coordinador: Atiende el caso hace las recomendaciones correspondientes, informa a orientación y si el caso lo amerita informa a comité de convivencia para dar trámite.

4)      Comité de convivencia

Recepciona el caso, estudia el tipo de falta (gravedad de la falta, reincidencia), cita a padres de familia, se firman acuerdos, aplica comparendos pedagógicos, de ser necesario remite el caso a Consejo Directivo.

Las cuatro primeras instancias tienen el carácter de conciliatorias para mejorar la sana convivencia de los integrantes de la comunidad educativa, en caso de no existir conciliación pasara a la siguiente instancia.

 

5)      Consejo directivo: Estudia el caso remitido, Analiza el caso e impone la sanción respectiva.

 (Ley 115/94, art 132) y (Art 144 -b, i),

 

PARAGRAFO: Cualquier instancia podrá remitir por escrito al estudiante al servicio de psicoorientación en los siguientes casos:

Presunto abuso sexual, acoso sexual, conductas suicidas, abandono, maltrato infantil. Conductas depresivas, ausentismo injustificadas, consumo de sustancias psicoactivas, la psicorientacion emitirá conceptos  de los casos atendidos y remitirá a instancias pertinentes.

 

Correctivos

1)            Todo do correctivo debe ser pedagógico; su razón de ser es lograr que el estudiante cumpla sus compromisos, no abuse de sus derechos y cambie su conducta cuando no favorezca su dignidad personal.

 

Artículo 10.                    CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS

Son consideradas como faltas, todos los incumplimientos de los compromisos y/o abuso de sus derechos, por tal razón y para efectos de sanción, las faltas se califican como leves y graves.

1.            Leves: Están constituidas por el abuso de derechos e incumplimiento de deberes. Conlleva la aplicación de una sanción de amonestación escrita en el anecdotario.

2.            Graves: Las contempladas en este manual como comportamientos graves o prohibiciones. La gravedad se mide por la naturaleza de la falta y las circunstancias o modalidades en que se ha cometido.

Parágrafo 1. Según la Ley 1620 de 2013, Artículo 2 …………,  – Acoso escolar o bullyingConducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña, o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.

También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

– Ciberbullying o ciberacoso escolar: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado

 

Artículo 11.                    CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD O LEVEDAD DE LA FALTA:

Se determinará si falta es grave o leve de conformidad con los siguientes criterios:

1)            El grado de culpabilidad.

2)            La reiteración de la conducta.

3)            La naturaleza y los efectos de la falta, las modalidades y circunstancias del hecho y los motivos determinantes.

Parágrafo 1.

1.            La naturaleza de la falta y sus efectos, se apreciarán según la trascendencia social de la misma, el mal ejemplo dado, la complicidad y el perjuicio causado.

2.            Las modalidades o circunstancias de la falta, teniendo en cuenta el grado de participación y el aprovechamiento de la confianza depositada en él.

3.            Los motivos determinantes se apreciarán según se haya procedido por causas innobles o fútiles o nobles o altruistas.

4.            Haber sido inducido a cometerla, por otra persona.

5.            El confesar la falta antes de la formulación de cargos.

6.            Procurar, por iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de que le sea impuesta la sanción.

7.            Cometer la falta en estado de ofuscación originando en circunstancias o condiciones de difícil prevención y gravedad extrema, comprobada debidamente.

 

ESTIMULOS Y CORRECTIVOS

Artículo 12.                   ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES.

El mayor estímulo para el estudiante Camilista es la satisfacción del deber cumplido y el éxito alcanzado en la consecución  de sus propósitos.

La Institución  Educativa Camilo Torres Restrepo a sus mejores estudiantes concede los siguientes estímulos:

1)      Ser nombrados por el profesor como monitor de área.

2)      Ser nominados para izadas de bandera.

3)      Representar al Institución en eventos especiales.

4)      Integrar las delegaciones deportivas, culturales, científicas, artísticas o sociales cuando el colegio sea invitado.

5)      Ser sujeto de exaltación en Izadas de Bandera al mejor estudiante.

6)      Recibir diplomas, medallas, placas, trofeos y similares cuando las circunstancias lo ameritan.

7)      Obtener la matrícula de honor, cuando haya obtenido la  EXCELENCIA en todas las áreas, al finalizar el grado.

8)      Reconocimiento público y registro en su anecdotario.

Artículo 13.                     ESTIMULO A LOS PADRES

1)      Nominación para izadas en eventos especiales.

2)      Mención de Honor.

 

Artículo 14.                    ESTIMULO A LOS DOCENTES

1)      Nominación para izadas en eventos especiales.

2)      Mención de Honor.

3)      Reconocimiento público y registro en su hoja de vida.

4)      Nominación para asistir a capacitaciones.

 

Artículo 15.                   CLASES DE CORRECTIVOS QUE APLICA LA INSTITUCIÓN

Ley 1098 Artículo 45. Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.

             Las faltas leves, que son aquellas que no trascienden,  dan lugar a la aplicación de amonestación verbal y/o escrita con anotación en anecdotario del estudiante y firmada por él mismo, o al cumplimiento de una actividad convenida con quien se haga la conciliación.

             Las faltas graves, que son aquellas dan lugar a la aplicación de:

1.            Desarrollo de actividades denominadas comparendos pedagógicos, que serán aplicados dependiendo de la falta.

2.            Suspensión temporal o definitiva de la representación oficial en eventos culturales, deportivos, y sociales.

3.            Acta de compromiso firmada por el estudiante y el padre de familia.

Parágrafo 1. La acumulación de 3 faltas graves o reincidencia en la misma, sin atender  a los correctivos impuestos, serán consideradas como FALTAS MUY GRAVES.

Parágrafo 2. El estudiante que no permita la realización de la clase será enviado a coordinación o a orientación previa anotación en el observador del estudiante por parte del docente, para comunicar al acudiente la novedad.  En caso de reincidencia deberá ser acompañado a la próxima clase por el  padre de familia o acudiente.

 

Artículo 16.                    LAS FALTAS CONSIDERADAS MUY GRAVES

Serán sancionadas según el caso:

1.            Situación especial: es decir, la última oportunidad que se da al estudiante, para corregir o superar la falta, por tanto no podrá reincidir en dicha falta ni en ninguna otra contemplada en el presente Manual de Convivencia.

2.            Cancelación inmediata o pérdida de renovación de matrícula  del estudiante.

3.            No ser proclamado en la ceremonia de graduación: Los estudiantes del grado once que al finalizar el año lectivo registren comportamiento deficiente y/o cometan alguna falta grave, lo que se comunicara por la comisión de evaluación.

Artículo 17.                   DEBIDO PROCESO

Las etapas que se deben seguir en el proceso disciplinario son:

·         Formulación de cargos por escrito. 

·         Llamamiento a descargos con el padre de familia.

·         Recepción de descargos.

·         Valoración del proceso.

·         Notificación de la decisión disciplinaria.

 

Artículo 18.                    CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE   ESTUDIANTE CAMILISTA. 

1)            El incumplimiento reiterado y culposo de los compromisos de orden académico, disciplinario y social contemplados en este manual.

2)            Ser reincidente en la comisión de faltas consideradas como graves en el presente manual.

3)            La reprobación de un determinado grado acompañado de inasistencia frecuente injustificada y mal comportamiento.

4)            La reprobación de un mismo grado por segunda vez.

5)            El retiro voluntario, por parte del padre de familia y/o  acudiente.

6)            La cancelación de matrícula de acuerdo a lo dispuesto en  este manual de convivencia.

Artículo 19.                   RECURSOS

  1. Recurso de reposición

Se interpondrá ante el Consejo Directivo, en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sanción.

  1. Recurso de Apelación

Se interpondrá ante el director de Núcleo Educativo.

  1. Derecho a la Defensa

El estudiante tendrá derecho a conocer oportunamente los cargos que se le imputan y a hacer sus descargos ante cualquier instancia del conducto regular.

 

Artículo 20.                    INSTANCIA DE CONCILIACIÓN

Las primeras tres Instancias contempladas en el presente Manual de Convivencia son a su vez instancias de Conciliación. Antes de aplicar la sanción se debe apelar a una posible conciliación según el caso (Agregar proyecto convivencia) Acuerdo n ______  de 2013

Artículo 21.                   PERMISOS Y EXCUSAS

Serán solicitados a la coordinación de la respectiva jornada, por escrito, explicando las razones de fuerza mayor y adjuntando los documentos que justifiquen la ausencia. Una vez aprobada la solicitud de permiso se anexará al control diario de clases del respectivo grado, para conocimiento de los docentes.

 

NOTA: El permiso será solicitado por el padre de familia y/o acudiente en forma personal, en coordinación o psicoorientación, preferiblemente antes de ocasionarse dicha eventualidad certificación que será exigida por docentes para efectos académicos y control de inasistencia.

 

Después de la fecha del permiso otorgado, el estudiante tendrá cinco días hábiles, para presentar trabajos y evaluaciones practicados en su ausencia. Las fallas con excusa no se sumarán a las injustificadas.

 

Para el diligenciamiento de los permisos tendrán el siguiente procedimiento:

 

1.       Por una jornada o más: lo solicitará el padre de familia a la respectiva coordinación.

 

2.       Para encuentros deportivos, culturales, académicos  o sociales especialmente en representación de la institución: se tramitarán por el profesor responsable ante la rectoría y no implica fallas para el estudiante. Este permiso se concederá siempre y cuando el estudiante esté al día académicamente y presente buen  comportamiento.

 

3.       En caso de incapacidades o licencias médicas, la institución acatará los dictámenes médicos y de Ley.

 

Parágrafo 1. La institución no se responsabiliza en caso de ausencias injustificadas o sin el respectivo permiso.

Además la institución educativa no se hace responsable de las inasistencias generadas por la evasión del estudiante al interior de la institución y cuando este salga de la misma por lugar diferente a la puerta de ingreso y salida.

 

GOBIERNO ESCOLAR


 

ORGANOS DE DIRECCIÓN

Rector

Consejo Directivo

Consejo Académico


 

INSTANCIAS DE PARTICIPACION

Asamblea de padres

Consejo de padres

Consejo estudiantes

Personería escolar

 


 


DERECHOS – COMPROMISOS


 

Artículo 22.                   DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Están enmarcados dentro de la Constitución Nacional, la Ley de Infancia y Adolescencia  y la Ley de Juventudes:

1)      Adquirir la condición de estudiante, a partir de la firma de la matrícula.

2)      Hacer uso del Derecho de legítima defensa.

3)      Conocer oportunamente las normas que orientan y rigen la vida escolar.

4)      Participar activamente en el proceso de formación integral y en las demás actividades de tipo académico, tecnológico, cultural, social y deportivo que programe la institución.

5)      Conocer el planeamiento y programación, logros, indicadores de logros, competencias a potencializar, los procedimientos, los medios y los criterios de evaluación aplicables en el proceso de formación integral en las áreas y asignaturas.

6)      Conocer, revisar y participar (autoevaluación y co-evaluación) de los resultados de las evaluaciones antes de ser registradas en las planillas o medio electrónico.

7)      Ser tratado sin discriminación alguna y con la consideración, respeto, aprecio y justicia que merece todo ser humano.

8)      Recibir una educación integral de acuerdo con los planes de estudio objetivos institucionales y demás proyectos contemplados en el Proyecto Educativo Institucional.

9)      Recibir los estímulos merecidos y reconocidos por el institución.

10)  Ser atendido en los reclamos y solicitudes particulares que haga a través del conducto regular, enmarcados en la veracidad, el respeto por la institución y por las personas incluidas en ésta.

11)  Recibir todas y cada una de las clases en forma completa y de acuerdo con el plan de estudios, el horario y calendario escolar.

12)  Decidir libremente sobre la participación en las actividades que no estén determinadas como obligatorias por la institución sin que afecte los resultados académicos, formativos y morales.

13)  Conocer oportunamente las anotaciones de orden académico, disciplinario y social positivas y negativas que se registren en el anecdotario para presentar las explicaciones, justificaciones y/o descargos.

14)  Presentar las evaluaciones y trabajos escolares (en un tiempo no mayor a 5 días hábiles) que por ausencias debidamente justificadas queden pendientes.

15)  Utilizar responsablemente los diferentes servicios educativos, recreativos y de bienestar que ofrezca la institución

16)  Participar responsablemente en las decisiones de la vida estudiantil a través de las diferentes instancias  del gobierno escolar.

17)  Participar en campañas y programas que busquen el bienestar y el progreso de la comunidad.

18)  Utilizar medios adecuados de comunicación, con el fin de expresar libre y responsablemente opiniones, sugerencias, quejas, denuncias o reclamos.

19)  Gozar  de un ambiente físico sano que promueva la salud y el bienestar.

20)  Gozar del derecho a la libertad de expresión, de culto, de pensamiento y de investigación.

21)  Solicitar permisos cuando medie justa causa, previo conocimiento del padre de familia o acudiente.

 

Artículo 23.                   COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES

 

1)     Ser responsable de las obligaciones como estudiante: asistir puntualmente a clases y permanecer dentro de las aulas escolares  de la institución en el horario establecido,  cumpliendo  con los trabajos y tareas, así como con las actividades que se programen, actuando con honestidad y veracidad, portando los elementos necesarios para la participación en el desarrollo de las actividades.

2)     Portar el carnet estudiantil durante la jornada escolar y en  eventos en los que participe la institución.

3)     Cumplir las normas del MEN, la Secretaria de Educación Departamental, la Institución  y el Manual de Convivencia.

4)     Presentar los compromisos de nivelaciones académicas pendientes, en las fechas estipuladas por la Institución y los docentes de las respectivas áreas.

5)     Guardar un comportamiento ejemplar donde se encuentre (Desfiles; actos de comunidad, deportivos, sociales; salidas pedagógicas; representaciones institucionales; etc.)

6)     Asumir la responsabilidad  junto con  los padres de los daños  o deterioro que cause en la institución: en equipos, planta física, mobiliario, aulas de cómputo,  biblioteca, escenarios deportivos, buseta escolar, elementos de laboratorio y demás enseres y en caso dado cancelar en pagaduría los daños causados.

7)     Atender y cumplir de buena manera los llamados de atención, sugerencias y comparendos pedagógicos, correctivos impuestos por profesores, directivos y demás funcionarios del plantel,  que se deriven del incumplimiento de los compromisos como estudiante.

8)     Seguir el conducto regular para presentar las quejas y reclamos.

9)     Manifestar honestidad y transparencia en el manejo de fondos o responsabilidades asumidas en las actividades  del colegio presentando  un informe por escrito a la dirección del colegio.

10)  Emplear un vocabulario cordial y respetuoso en la relación interpersonal dentro y fuera de la  institución.

11)  Respetar los símbolos de nuestra nación, departamento, municipio e institución.

12)  Abstenerse de manifestaciones amorosas indecorosas dentro de la institución.

13)  Respetar la integridad personal de los demás miembros de la Institución,  evitando la agresividad, el maltrato físico, (matoneo o bullyng) verbal, el chantaje,  el juego brusco, acatando normas de cortesía y buen trato.

14)  Abstenerse  de rechiflar, gritar,  producir ruido, por medio multimediales y desórdenes que perturben  la tranquilidad y el normal desarrollo de las actividades.

15)  Propender por el aseo y el orden en el salón, pasillos y planta física en general.

16)  Cumplir  con los turnos  de aseo asignados.

17)  No portar o consumir y/o distribuir sustancias psicoactivas.

18)  No portar ni distribuir  material pornográfico en medio físico o electrónico.

19)  No hablar mal de la institución y /o cualquiera de sus miembros.

20)  Dedicar todo el esfuerzo y consagración para obtener el máximo de los logros académicos y formativos que proponen las diferentes programaciones curriculares.

21)  Participar responsablemente en concursos, ferias, festivales, campeonatos y actividades que promuevan la investigación, la ciencia, la tecnología, las artes y el deporte, para utilidad propia y buena imagen de la institución.

22)  Mantener excelente aseo personal, mediante el cumplimiento estricto de las normas de higiene.

23)  Presentarse y permanecer en la institución con el uniforme respectivo, sin utilizar accesorios o cosméticos que alteren el fin esencial del uniforme.

24)  Cuidar el medio ambiente de la institución, evitando toda contaminación y conservando las instalaciones locativas, los prados, cultivos, jardines, árboles, etc.

25)  Mantener la disciplina apropiada en las aulas, laboratorios, talleres y otros ambientes de  actividad escolar.

26)  Informar oportunamente a los padres de familia o acudiente de las reuniones para las cuales se requiera su presencia.

27)  Hacer uso adecuado de los servicios higiénicos de la institución, contribuyendo a la protección de la salud y al bienestar de todos.

28)  Ingresar o salir del  instituto por las porterías autorizadas y con previa autorización de coordinación.

29)  Colaborar para mantener un ambiente de armonía, entendimiento, tolerancia, diálogo y paz entre todos los miembros de la comunidad, que hagan agradable y productiva la vida escolar.

30)  Mantener con los compañeros relaciones cordiales de ayuda y solidaridad.

31)  No usar celulares, audifonos, Ipod, MP3 ni otro dispositivo electrónico durante el desarrollo de las clases, excepto actividades programadas previamente con el docente.

32)  Mostrar correcto comportamiento en los buses escolares.

33)  Mantener el prestigio y buen nombre de la institución CAMILO TORRES RESTREPO, representándolo dignamente, hablando bien de él y no cometiendo alguna acción que lesione su dignidad y su imagen.

34)  Portar dignamente el uniforme dentro y fuera de la institución, mostrando un comportamiento decoroso que engrandezca la imagen  Institucional y estimule el orgullo de pertenecer a la familia Camilista.

35)  Aprender y entonar los himnos Nacional, Departamental, Municipal y respetar los símbolos patrios y de la institución.

 

DEBERES ACADÉMICOS

1)      Asistir puntualmente a clases, portando los elementos necesarios e indispensables para la realización de actividades.

2)      Presentar oportunamente trabajos y evaluaciones.

3)      Solicitar respetuosamente las actividades de superación, previa justificación de no haber sido presentadas en las fechas establecidas por inasistencia u otra circunstancia.

 

Artículo 24.                   FALTAS GRAVES

1)     El irrespeto y saboteo reiterado en las clases.

2)     No ingresar a clase en más de tres ocasiones estando en la institución.

3)     Presentarse a la Institución bajo efectos del licor y/o sustancias psicoactivas y/o  sicodepresivas.

4)     Portar, consumir  y/o inducir al consumo de sustancias psicoactivas.

5)     Escribir o dibujar en sitios no destinados para ello.

6)     Portar armas de fuego y/o cortopunzantes que atenten contra la integridad de las personas.

7)     Portar o divulgar material pornográfico.

8)     Ser responsable directo o cómplice de hurto, estafa o abuso de confianza.

9)     Frecuentar establecimientos públicos de diversión portando el uniforme de la institución.

10)  Cometer actos que atenten contra las buenas costumbres de la sociedad e inducir a los compañeros a hacerlo.

11)  Presentar comportamientos que expresen acoso, abuso o agresión sexual.

12)  Agredir verbal o físicamente a los compañeros, profesores, funcionarios de la institución y demás personas.

13)  Destruir los bienes propios de la institución, del Estado o de otras personas.

14)  Participar en juegos de suerte o azar, electrónicos, de billar y otros que impidan la asistencia al plantel y en consecuencia el buen rendimiento escolar.

15)  Suplantar las personas y/o dar mal uso al carné estudiantil.

16)  Cometer fraude, mentira o engaño en cualquier circunstancia.

17)  Promover o protagonizar desórdenes que impidan la buena marcha de la institución.

18)  Utilizar los medios masivos de comunicación o redes sociales para manifestar situaciones propias de la vida del plantel sin haber agotado las instancias institucionales.

19)  Utilizar los medios masivos de comunicación o redes sociales que atenten contra la dignidad y buen nombre de los integrantes de la comunidad educativa.

20)  Incitar a la violencia o al desorden en forma directa o indirecta.

21)  Abandonar o ingresar  la institución  por sitios diferentes a los autorizados.

 

Artículo 25.                   DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

1)     Conocer la misión y visión de la Institución

2)     Exigir una educación integral para los hijos.

3)     Participar en la elaboración del Manual de Convivencia y colaborar efectivamente en el cumplimiento.

4)     Ser atendido oportunamente por directivos, docentes, personal administrativo o de servicios cuando solicite información o al presentar sugerencias o reclamos sobre los hijos o acudidos.

5)     Recibir información oportuna de su hijo y/o acudido.

6)     Participar en los organismos representativos de los padres de familia tales como Asociación de Padres, juntas de restaurantes escolares, Consejo de Padres, representación al Consejo Directivo, entre otras.

7)     Participar en las actividades formativas, culturales, sociales y deportivas que se desarrollen en el instituto.

8)     Participar en el mejoramiento físico, pedagógico y administrativo de la Institución

9)     Ser escuchado en los procesos disciplinarios en los cuales esté comprometido su hijo(a).

10)  Ser informado oportunamente de las decisiones que impliquen erogaciones económicas.

 

Artículo 26.                   COMPROMISOS  DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/ACUDIENTES

·        Diligenciar personalmente la matrícula o refrendación de  matrícula del hijo(a) o acudido(a) en las fechas fijadas por la institución.

·        Colaborar junto con el Estado para ofrecer al hijo la educación, suministrándole los uniformes, los materiales y elementos de trabajo necesarios para el desarrollo de las actividades  escolares.

·        Asistir con puntualidad y participar activamente de todas las reuniones y citaciones que se hagan por razones académicas, disciplinarias de los hijos y actividades que se programen (talleres, jornadas de aseo, reunión de comisiones, escuela de padres, etc.).

·        Brindar a los hijos protección material, física y afectiva en un ambiente de convivencia.

·        Orientar a los hijos en la formación de valores, inculcando respeto y honestidad.

·        Participar en la acciones de mejoramiento institucional, en los diferentes campos (académico, disciplinario, cultural, deportivo).

·        Enviar al niño o acudido  puntualmente a clases y bien presentado.

·        En caso de inasistencia de su hijo o acudido, informar oportunamente.

·        Buscar y recibir orientación de Psicorientacion, director de grupo, profesores y directivos sobre la educación y formación de los hijos.

·        Cubrir oportunamente las obligaciones económicas adquiridas con la institución.

·        Controlar el comportamiento, actitudes y desempeño de los hijos en el hogar y fuera de él.

·        Apoyar el trabajo docente mediante la orientación y control efectivo de las actividades y deberes escolares de los hijos.

·        Respaldar las sugerencias y acciones de la institución para orientar a los hijos, y mantenerse en continua comunicación con los directivos y docentes.

·        Presentar en forma cordial y siguiendo el conducto regular, los reclamos y sugerencias a la persona indicada en la respectiva jornada o sede y dentro de la institución.

·        Justificar oportunamente la inasistencia a los llamados que haga la institución, comprometiéndose con una fecha y hora para la futura visita.

·        Responder por los daños que los hijos causen intencionalmente  o por irresponsabilidad y negligencia a las instalaciones, muebles, enseres, materiales escolares, edificaciones o predios del instituto  o de sus compañeros.

·         Informarse del contenido de los boletines, circulares y comunicados de la institución, que se relacionen directamente con su rol de acudiente.

·        Denunciar ante las directivas el comportamiento irregular  que observe de los estudiantes, personal docente o persona relacionada con el instituto dentro o fuera del plantel.

·        Notificar a la institución oportunamente, el retiro voluntario de los hijos o acudidos, permitiendo así mantener al día la estadística del plantel.

·        Manifestar aprecio y lealtad con la institución, a través de sus actitudes y expresiones, dentro y fuera del plantel para realzar su imagen y buen nombre.

 

Capítulo VI

 

Artículo 27.                    EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESCOLAR

Se regirá por acuerdo N ____  del sistema de evaluación institucional atendiendo al decreto nacional 1290 de 2009

Artículo 28.        VIGENCIA:

El presente reglamento rige a partir de la fecha de su aprobación en el Consejo Directivo y tendrá vigencia a partir de su expedición, y deroga las disposiciones  que le sean contrarias.

 

Dado en Aguazul a los xxx. días del mes de abril de 201x.

 

Teniendo en cuenta la socialización y sugerencias presentadas por la Comunidad Educativa, el presente Manual de Convivencia fue debatido y adoptado en reunión del Consejo Directivo del Instituto Educativo CAMILO TORRES RESTREPO, llevada a cabo el día   ________ de _____________de  2.013

 

1 comentario:

  1. BIENVENIDOS A ESTE ESPACIO VIRTUAL....AQUI PUEDE HACER SUGERENCIAS DE MEJORA PARA LA CONSTRUCCION DE NUESTRO MANUAL DE CONVIVENCIA CAMILISTA

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